
La Argentina dio un nuevo paso en la actualización de su marco regulatorio para el transporte aéreo. La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) modificó el procedimiento que deben cumplir las compañías extranjeras para obtener autorización y operar vuelos regulares o no regulares en el país. La medida busca reducir tiempos administrativos, eliminar requisitos duplicados y adecuar el proceso a los estándares recomendados por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
La actualización quedó formalizada mediante la Resolución 543/2026, que incorpora cambios en la Parte 129 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC). A partir de esta modificación, la autoridad aeronáutica podrá reconocer con mayor agilidad los Certificados de Explotador de Servicios Aéreos (AOC) emitidos por otros Estados, siempre que esos países mantengan niveles de supervisión aceptados por la OACI.
Hasta ahora, las compañías interesadas debían atravesar una serie de instancias administrativas que, en muchos casos, repetían controles ya realizados por las autoridades aeronáuticas del país de origen. El nuevo esquema evita esa duplicación sin modificar las exigencias vinculadas con la seguridad operacional, uno de los principios que la normativa mantiene como eje central.
Según explicó la ANAC, la medida incorpora un modelo de supervisión basado en el reconocimiento de certificaciones emitidas por autoridades aeronáuticas que cumplen con los estándares internacionales. Este criterio permite concentrar los recursos de fiscalización en aquellos casos que requieren una evaluación más profunda y agilizar el tratamiento de las solicitudes provenientes de mercados con sistemas de control consolidados.
La modificación también apunta a generar un entorno regulatorio más previsible para los operadores internacionales. Un procedimiento más ágil puede reducir los tiempos necesarios para iniciar operaciones y facilitar la planificación comercial de las empresas interesadas en incorporar nuevas rutas hacia la Argentina o ampliar los servicios que ya prestan en el país.

La resolución no implica una autorización automática para nuevas compañías ni elimina los controles establecidos por la legislación argentina. Cada operador deberá cumplir las condiciones técnicas, operativas y de seguridad previstas por la normativa vigente. La diferencia radica en que el proceso administrativo incorpora mecanismos de reconocimiento que evitan repetir evaluaciones ya realizadas por autoridades equivalentes.
Esta actualización se enmarca en la política de modernización regulatoria que la ANAC impulsa desde los últimos meses mediante la revisión de distintos procedimientos administrativos. El objetivo consiste en adecuar la normativa nacional a las prácticas utilizadas por otros Estados y favorecer una gestión más eficiente sin afectar los niveles de seguridad operacional.
Para el sector aerocomercial, la medida representa una herramienta que podría facilitar el ingreso de nuevos operadores internacionales y ampliar las alternativas de conectividad en el mediano plazo. El impacto concreto dependerá del interés de las compañías por incorporar destinos en la Argentina y de la evolución del mercado, aunque el nuevo procedimiento elimina una de las barreras administrativas que hasta ahora formaban parte del proceso de autorización.
Fuentes: Administración Nacional de Aviación Civil; Boletín Oficial de la República Argentina; Organización de Aviación Civil Internacional/ Fotos: La Nación e Infobae